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AUGE DEL PATINETE ELECTRICO

   

El patinete eléctrico se ha convertido en una alternativa de movilidad en las ciudades de todo el mundo. Estos patinetes ayudan a aliviar la congestión del tráfico en las ciudades y contribuyen a aligerar la circulación de vehículos. Sus usuarios afirman que les permite llevar a cabo una movilidad más rápida sin emisiones contaminantes.

Con los últimos datos de uso del patinete eléctrico en España, los del pasado año 2020, se estima que su demanda aumentó durante ese año un 142 %. Esto supone duplicar la presencia de patinetes en nuestras calles, un crecimiento que no se ha visto frenado ni por la irrupción de la pandemia en nuestras vidas.

El incremento en su demanda ha provocado un encarecimiento de los precios, que ya superan de media los 300 euros. A lo largo del pasado año el incremento ha sido del 9,43 %, una cifra nada desdeñable que no ha servido para echar atrás a quienes deseaban utilizar su propio patinete eléctrico para desplazarse por la ciudad.

¿Existen normas de circulación para el patinete eléctrico?

En Centros Buitrago, como punto de venta y mantenimiento de patinetes eléctricos, hemos recogido toda la legislación que existe al respecto. Muchos compradores llegan a nosotros preocupados por si es necesario matricular su patinete eléctrico, y la respuesta es que no lo es.

El patinete eléctrico está legalizado como vehículo para el ocio a nivel europeo, así que no necesita matriculación. Lo que sí es importante es que el patinete disponga del certificado y homologación europeos que permite su uso dentro de la UE.

Normas de circulación del Real Decreto 970/2020

Tras la publicación de este Real Decreto el pasado año, el uso del patinete queda regulado y cuenta con una normativa de circulación de obligado cumplimiento por todos los propietarios y usuarios, como son:

  • Prohibición de uso en las aceras, carriles bici, zonas peatonales, autovías, autopistas, túneles urbanos, vías interurbanas o pasos de travesías, entre otros.
  • Certificado de circulación en código QR que acredite que el patinete cumple con unos requisitos mínimos. Estos requisitos aún no se conocen porque se tienen que publicar en una nueva normativa que dará a conocer la Dirección General de Tráfico.
  • Velocidad entre los 6 y los 25 km/h. En caso de superar el máximo permitido se les considera vehículos a motor y tienen que cumplir con las normas de tráfico que correspondan.
  • El usuario o propietario debe ajustarse a las normativas de ámbito local que cada ayuntamiento establezca para su uso dentro de su término municipal.

Normativas locales

Cada ciudad o municipio tiene sus propias ordenanzas respecto al uso del patinete eléctrico. La ordenanza de Madrid establece una edad mínima para el uso de patinetes de 15 años, su restricción de uso en calles por encima de los 30 km/h de velocidad máxima o la obligatoriedad de usar el casco y de tener un seguro para el patinete. En Barcelona, por ejemplo, la edad mínima es superior, de 16 años, al igual que en Valencia.

Normativa en estudio

Además de la normativa que hemos mostrado anteriormente, también existen otras posibles medidas que se encuentran en estos momentos en estudio por parte de las autoridades. Hablamos de la posible obligatoriedad del uso del casco sin excepciones a nivel nacional o de la prohibición del uso de auriculares o del teléfono móvil mientras se conduce el patinete.

Otra novedad que se encuentra en estudio es la obligatoriedad de contar con un seguro para el patinete. Es una propuesta que se encuentra en la agenda y que ya se aplica en otros países europeos como Francia.

Sanciones por el uso del patinete

En la normativa que se contempla poner en vigor en los próximos meses se incluye un régimen de sanciones para castigar el uso indebido del patinete. Algunas de las sanciones que se contemplan son las siguientes:

  • Conducción bajo el efecto de las drogas o el alcohol: se contemplan multas de entre 500 y 1000 euros, así como la inmovilización del vehículo.
  • Uso del teléfono móvil y otros sistemas de comunicación: sanciones de 200 euros.
  • Uso de auriculares o cascos conectados: sanción de 200 euros.
  • No usar el casco si la normativa municipal obliga a ello: sanciones de 200 euros.
  • Usar el patinete con más de una persona a la vez: sanción de 100 euros.
  • Conducción nocturna irregular (sin prendas o elementos reflectantes o sin iluminación en el patinete): sanciones de 200 euros.

Como en otros tipos de sanciones, en el caso de que el infractor sea menor de edad, serán sus padres o tutores legales los que respondan de forma solidaria por la infracción que cometa el menor de edad. En definitiva, con el patinete eléctrico estamos ante un nuevo medio de transporte urbano que ha llegado para cambiar la forma en que nos desplazamos por la ciudad

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